Artículo 8 Fracción V. inciso q)
El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales
Fecha de validación: 04 de diciembre de 2024
Fecha de actualización: 03 de diciembre de 2024
Unidad Administrativa: Tesorería
Derivado de que no es competencia de esta entidad de conformidad con los artículos 1 y 3 de nuestro decreto de creación Número 13555 la cancelación o condonación de créditos fiscales, ya que se trata de una atribución de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente: "XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en los que se justifique". En razón de ello, podrá consultar la información perteneciente a Secretaría de la Hacienda Pública en el siguiente enlace:
Condonaciones y cancelaciones fiscales:
https://transparenciafiscal. jalisco.gob.mx/transparencia- fiscal/costos_operativos/ condonaciones-y-cancelaciones- fiscales